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La Audiencia Nacional absuelve a Rodrigo Rato y a los otros 33 acusados por estafa a los inversores y falsedad contable

Rodrigo Rato y los otros 33 acusados por delito de estafa a los inversores y falsedad documental en la salida a bolsa de Bankia han sido absueltos por la Audiencia Nacional. La sentencia de 442 páginas publicada el martes, 29 de septiembre, ha llenado de rabia a las acusaciones particulares del caso, a miles de accionistas y a las familias que fueron desahuciadas por el banco mientras que 23.000 millones de euros se perdían. El expresidente de Bankia, así como del FMI, Rodrigo Rato, sale victorioso tras la anterior condena que está cumpliendo por el caso de las tarjetas black.

Pese a la caída y posterior rescate de Bankia, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha concluido que el Banco de España, junto con la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el FROB y la Autoridad Bancaria Europea, aceptó y validó las cuentas que presentó la entidad financiera, motivo por el cual los acusados no pueden ser condenados. El dictamen indica que durante el juicio se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no hay “hechos concretos y suficientemente acreditados”.

También destaca que el folleto de salida a bolsa tenía una “amplia y certera” información financiera y no financiera. Así, la responsabilidad se diluye de forma que se entiende que los acusados no son responsables penales de la caída de la entidad. «Pues bien parece difícil concebir que cualquier entidad bancaria, después de contar con el beneplácito del Banco de España, de la CNMV, del FROB y de la EBA sobre la idoneidad de su salida a Bolsa y la adecuación del Folleto informativo a la realidad, recele de todos estos pareceres y proclame la necesidad de adoptar prevenciones ante compañías publicitarias que, como en el caso de Bankia, resalten la potencia de la entidad», concluye el fallo.

No obstante, inspectores del Banco de España como Jose Antonio Casaus sí señalaron en su momento que la fusión iba a ser el desastre que posteriormente resultó ser. “Fusionar una caja de ahorros quebrada con otra 17 veces quebrada no podía dar un buen resultado”, fueron las palabras del inspector Pedro Sánchez ante la Comisión del Rescate Bancario en el Congreso de los Diputados. Estas voces ignoradas por parte de la cúpula del Banco de España y la CNMV en su momento han sido también desoídas por parte de la Audiencia Nacional. Por ejemplo, los cuatro mails que Casaus redactó alertando del gigantesco riesgo que suponía la fusión ante unas cuentas falseadas no han sido aceptados por los jueces porque “no fueron nunca trasladados a un documento oficial”.

Sillas vacías interior juzgado. Autor: Desconocido. Fuente: Pikist. (CC0).

Por el contrario, la Audiencia Nacional entiende que los acusados omitieron de forma “consentida” el detrimento que iba a suponer para las cuentas de Bankia la participación BFA. No obstante, dicha laguna no pretendía alterar la imagen de la entidad, puesto que “tenían la convicción de que la mala situación de la matriz” ser resolvería mediante el Plan de Actuación de Rodrigo Rato.

La Sala de la Audiencia Nacional ha cargado contra la Fiscalía Anticorrupción, dado que sus conclusiones finales se alejaron demasiado de las que habían formulado inicialmente y este cambio de criterio radical no estuvo fundamentado “en actividad probatoria alguna practicada en el plenario, complementaria o distinta de la llevada a efecto en el transcurso de los cinco años que duró la instrucción de la causa”.

Por tanto, para considerar válido el procedimiento, la Fiscalía debería haber puesto entre paréntesis las cuentas de las siete cajas de ahorros que dieron lugar a Bankia y haber propuesto una prueba pericial sobre las cuentas de estas entidades. Los magistrados sostienen, además, que no existen indicios de que ninguna de estas cajas incumpliera los requisitos marcados por los órganos supervisores y que Bankia siguió la misma técnica contable que “se aplicó a todos los demás SIP como los que dieron lugar a Banco Base, Banca Cívica, Banco Mare Nostrum, Caja 3, Liberbank, etc.”.

Por último, la Audiencia Nacional destaca que durante el juicio la mayor parte de las personas físicas acusadas cayeron en el olvido, dado que los numerosos testigos no hicieron menciones específicas a las personas juzgadas. Según la sentencia, durante el litigio nadie las nombró ni hizo mención a ellas “ni para bien ni para mal”.

Este fallo judicial tiene lugar en un momento en que Bankia se encuentra en medio de una nueva operación bancaria como protagonista con CaixaBank y supone un gran triunfo para la antigua cúpula de la entidad.

Fuentes y enlaces:

– Foto de portada: Torres Kio, Bankia, Madrid, España, 2015. Autor: Benjamín Núñez González, 20/09/2015. Fuente: Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0.)

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