Europa

Cómo actuar jurídicamente ante los grupos neonazis

El pasado mes de julio el grupo de extrema derecha Bastión Frontal anunciaba su llegada a la ciudad de València esgrimiendo proclamas de lenguaje bélico y agresivo. Su llamada a la acción, dirigida a las personas más jóvenes, pretendía infundir miedo achacando la precariedad juvenil al “control de izquierda separatista” y a todos los tropos propios del discurso neofascista que ve en el «otro» la fuente de sus problemas. El «otro» para los grupos neonazis es básicamente cualquier persona que no sea un varón blanco heterosexual o, como figura en el libro de Michael Kimmel publicado en España por Barlin Libros, un hombre blanco cabreado. Como escribió Hegel para ilustrar la idea de la otredad, “cada conciencia persigue la muerte del otro”

La tesis de Kimmel explica el auge y triunfo de los populismos de derechas: “La ira del hombre blanco brota de la potente fusión de dos sentimientos: la superioridad y el victimismo”. De esa furia nace un discurso de odio que, en bastantes ocasiones, deriva en un delito.

Debemos, como sociedad, estar alerta. Aunque la soflama no alcance la categoría de delito, hay un badén inundable en el que se concentra la cultura del odio y emerge la falta de educación en los aspectos de convivencia, diversidad y respeto. La politóloga Ruth Zimmerling, en referencia a este y otros populismos, dice que “es problemático en tanto uno no se pare a pensar acerca de cómo funciona exactamente”. De ahí deriva la motivación de este artículo: señalar las conductas de odio que emanan de los grupos de ultraderecha y combatir el blanqueamiento que realizan los medios de estos colectivos. 

Un inciso. No es necesaria la parafernalia neonazi, ni tener unos rasgos psicológicos concretos para profesar estas conductas de odio que derivan en ataques. La intolerancia y el racismo salpican a muchos pisos del edificio social, hecho que hace aún más difícil la tarea de prevenir y combatir estas conductas. 

Investigar para prevenir

Un manifestante de Bastión Frontal discute violentamente con los acompañantes de Pablo Iglesias. Autor: Dani Gago, 30/03/2021 (imágenes cedidas para su uso por el autor @DaniGagoPhoto).
Un manifestante de Bastión Frontal discute violentamente con los acompañantes de Pablo Iglesias. Autor: Dani Gago, 30/03/2021 (imágenes cedidas para su uso por el autor @DaniGagoPhoto)

Susana Gisbert responsable de delitos de odio de la Fiscalía valenciana, dijo que “en València pusimos una denuncia desde la fiscalía por un tuit de Vox, de una cuenta oficial, que acusaba a unos chicos magrebíes de haber violado a una chica. Al hilo de esto decían que había que expulsarlos. Se archivó de plano. Se ha recurrido pero no ha habido manera. La Fiscalía de odio es la fiscalía de darse contra un muro. Me paso la vida recurriendo”, lamenta.

Respecto a la aparición de Bastión Frontal en València, desde Fiscalía abrieron investigación por una agresión que sospechaban que podría haber procedido de este grupo. “El autor era desconocido, pero la abrimos. Nuestra estrategia es que, aunque estén judicializadas, abrimos investigación por varias razones: así controlamos la estadística, porque a diferencia de lo que pasa con la violencia de género, que todo va a unos juzgados específicos, los casos de odio están dispersos y es difícil controlarlos”, explica la fiscal. “Por ejemplo, su destino depende de si el juez piensa que una agresión es homófoba o no. Si nadie le pone la etiqueta no nos la van a pasar. Por eso lo hacemos al revés, aunque digan que han denunciado a la policía, que vengan y denuncien aquí”. 

Hay otro asunto, advierte: la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. “La Policía, cuando un hecho tiene un autor desconocido, si no descubre quién ha sido no tiene por qué pasarlo al juzgado”. Todos esos delitos quedan, define, en un limbo. “Si están en Fiscalía, aunque lo archives por autor desconocido, por lo menos tienes constancia y si aparece otro similar, puedes cruzar datos. Nosotros, los compañeros de todas las fiscalías, a diferencia de lo que pasa en judicatura, tenemos especialidades y una es la de odio. Disponemos un canal abierto, informal, un grupo de WhatsApp en el que enlaces y representantes compartimos toda la información. Otra cosa es el cauce oficial, pero como todo lo oficial, va muy lento”. 

Gisbert también asegura que tienen “un contacto constante” con la policía. “Con periodicidad semanal o mensual vienen y traen en mano el atestado. Actuamos bastante coordinados”. En la Policía Nacional tienen una sección de odio y están recibiendo, dice la fiscal, formación, pero luego hay muchos datos que a la Policía no le llega. “Hay más medios: a través de los periodistas nos llega información, en otros casos, desde las ONG Valencia Acoge, por ejemplo, me pasa todo aquel indicio de delito de odio que detecta. Esto es una cosa de artesanía, ir manualmente recabando información y trabajar con personas, no solo con papel”. 

Otros colectivos como la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) en el País Valencià, a través de proyectos como ‘Alça la teua veu contra el racisme i la xenofòbia’, brindan atención individualizada a las posibles victimas de discriminación o delitos de odio, acompañándoles en todo el proceso. También lleva a cabo acciones para sensibilizar a la sociedad sobre la realidad del racismo y la xenofobia, a través de iniciativas como Observatori SenseTòpics, que buscan detectar y hacer seguimiento de los delitos de odio, así como sensibilizar sobre la discriminación. 

Pero, ¿qué es un delito de odio?

Para la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), un delito de odio es cualquier infracción penal, incluyendo infracciones contra las personas o las propiedades, donde la víctima o el objetivo de la infracción se elija por su, real o percibida, simpatía o pertenencia a un grupo concreto. La OSCE indica que un grupo “debe estar basado en una característica común de sus miembros, como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar”.

Gisbert explica que el delito de odio es “aquel que se comete contra una persona o grupo de personas por el hecho de pertenecer a determinados colectivos, en unos casos colectivos vulnerables y, en otros, por razones concretas como la ideología”. “Tal y como están configurados, yo personalmente los divido en dos grupos: de acción y de expresión.

Los de acción son relativamente fáciles de identificar. Por ejemplo, la agresión física. Pero la expresión es otro modus totalmente distinto, y es mucho más difícil de perseguir”, reconoce. “Por una parte, nos topamos con que tecnológicamente en el derecho no estamos preparados para investigar en la esfera digital con facilidad. Por otra, se esgrime la libertad de expresión, y la libertad de expresión no lo ampara todo. Igual que el derecho de libertad de movimientos no te permite pegarle una patada a alguien”.

Susana Gisbert alude a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que archivó la causa relacionada con el cartel de Vox sobre los menas al considerar que los “excesos verbales” son “una máxima de la contienda electoral” y estaban amparados por la libertad de expresión.

La fiscal puntualiza: “No se llaman delitos de odio, la especialización se llama tutela penal de la igualdad y contra la discriminación. Como dato curioso diré que en el Código Penal no se habla ni una vez de delitos de odio. El delito es para titular: delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Lo del ‘odio’ viene del ingés hate crime. Mucha gente se confunde, pero el odio en sí no es delito”. Ni tienes que odiar para cometer el delito, ni todo el odio se convierte en delito. ¿Es necesario por tanto redefinir el término? “En esto y en todo soy partidaria de que el lenguaje jurídico se acerque al lenguaje real. Todo lo que sea hablar en términos que la gente no entienda, deberíamos cambiarlo”, responde Gisbert. 

La infradenuncia de los delitos de odio

Fotografía a mural en memoria de Samuel Luiz, el joven asesinado por su orientación sexual. Fuente: Twitter
Fotografía a mural en memoria de Samuel Luiz, el joven asesinado por su orientación sexual. Fuente: Twitter

“Si las víctimas supieran que hay un entorno seguro para denunciar, se denunciaría mucho más. Según algunos estudios, la cifra está entre un 3 y un 10%. En violencia de género es de un 20 %; si eso es una barbaridad, esto es todavía más. Yo creo que cambiaría si las víctimas supieran que no les va a pasar nada, que si son inmigrantes no les van a expulsar. También dar protección a las personas indigentes, que sufren aporofobia”, expresa Gisbert. 

La aporofobia es el neologismo acuñado por la filósofa valenciana Adela Cortina que hace referencia al “rechazo, aversión, temor y desprecio hacia el pobre, hacia el desamparado”. Hasta mayo de este año, la aporofobia no tenía presencia en el Código Penal. Una disposición la introdujo como circunstancia agravante, al igual que la discriminación por edad, pero por el momento no está contemplada entre los delitos de odio. 

Si las víctimas supieran que hay un entorno seguro para denunciar, se denunciaría mucho más. Según algunos estudios, la cifra está entre un 3 y un 10%

La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) ha situado el nivel de infradenuncia (también llamado cifra sumergida-) alrededor del 80 %. En España, la encuesta sobre delitos de odio del año 2021 elaborada por el Ministerio de Interior arroja que solo un 10,74% de las personas encuestadas que habían sufrido un delito de odio interpusieron denuncia. En el desglose de denuncias por motivos (racismo/xenofobia, sexismo, LGTBIfobia u odio por razones ideológicas) son las víctimas de LGTBIfobia quienes más denuncian. 

En la encuesta se preguntó al total de los encuestados si sentían que el procedimiento de interposición de denuncia había merecido la pena. La mayoría respondió que no, con un 53,19 % de respuestas. 

Los medios de comunicación, las redes sociales y el odio 

Para Adrián Vives, técnico en CEAR-PV, el interés que suscita la ultraderecha y el aumento de las agresiones con motivos de odio, no es “tanto una falta a nivel educativo”. “Desde las entidades vamos por la sensibilización, pero luego nos encontramos con que los medios de comunicación y el discurso político blanquean a la ultraderecha o no dan la importancia que tienen sus planteamientos”.

Para Vives, no se está abordando la situación de manera frontal: “Hay que reconocer que la ultraderecha está siendo muy hábil a la hora de captar ciertos colectivos. Los está pudiendo captar porque son colectivos que se han sentido desprotegidos durante mucho tiempo y se han sentido defraudados por este sistema”. 

Por eso, reconoce, es complicado desmontar su discurso. “Los grupos neonazis juegan con las emociones, con los miedos, con una parte más sentimental, que engancha a mucha gente. Los discursos de odio se combaten desmontando bulos y mentiras, dando datos reales, estadísticas. Pero trabajo que requiere mucha energía. La ultraderecha y la derecha están invirtiendo mucho dinero en estas cuentas de redes sociales que les amplifican el discurso”. 

Para Gisbert es muy importante que en los medios de comunicación “se transmita en positivo las noticias sobre delitos de odio”, es decir, “que tanto las víctimas como los autores sepan que estos hechos no salen gratis”. “Es muy importante la función social de los medios de comunicación y cómo los juristas transmiten esta información. Hay obviar el morbo del hecho concreto”.

En la misma dirección, Vives manda un mensaje al colectivo periodista: “Hay que tener siempre en la cabeza si con una noticia voy a ayudar o a perjudicar a la víctima. Aunque su difusión pueda contribuir a hablar en general de un tema como la homofobia”. 

En Antisocial: La extrema derecha y la ‘libertad de expresión’ en internet, del periodista Andrew Marantz y editado por Capitán Swing, leemos un par de líneas respecto a la neutralidad a la hora de comunicar una noticia: “La neutralidad no siempre es posible. Algunas preguntas en realidad no son tales. ¿Deberían ser bienvenidas las mujeres en el lugar de trabajo? Tratar estos asuntos como legítimos temas de debate no es neutral, sino cómplice. A veces, incluso para un periodista, no existe la posibilidad de no elegir bando”. 

Artículo original de Lidia Caro para El Salto Diario: Cómo actuar jurídicamente ante los grupos neonazis, publicado con licencia Creative Commons BY-SA 2.0

Enlaces y fuentes:

– Foto de portada: Neonazi con los nudillos tatuados. Autor: El Salto Diario, 27/08/2021. Fuente: ElSaltoDiario.com (CC BY-SA 3.0)

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