Alfonso Rojo, condenado por vulnerar el honor de los titiriteros a los que Periodista Digital llamó “etarras” y “titirietarras”.
Alfonso Rojo ha sido condenado a indemnizar con 20.000 euros a cada uno de los titiriteros a los que calificó de “facinerosos”, “etarras”, “proetarras” y “titirietarras” en el medio que dirige, Periodista Digital, por vulnerar su derecho al honor. La jueza de Barcelona encargada del caso considera que los artículos publicados por el periodista en 2016 contienen expresiones “inequívocamente injuriosas, ofensivas, vejatorias, ultrajantes e innecesarias”. Además de esta multa que tendrán que asumir la empresa periodística y su director, la jueza obliga a reproducir el fallo de la sentencia en su página web durante una semana, cuando ésta sea firme.
Dicho dictamen, fechado el 13 de noviembre de 2020, establece que la utilización repetitiva de los términos ya mencionados supone una intromisión ilegítima en el derecho al honor de los titiriteros que no se encuentra amparada por la libertad de información, expresión y opinión, dado que, para empezar, no se cumple el requisito de veracidad, exigible para que este derecho pueda imponerse por encima de un derecho personalísimo como el honor. “Ninguno de los artículos aporta información o se refiere a fuentes de prueba que corroboren la pertenencia o vinculación de los actores al grupo terrorista ETA, ni que se trate de delincuentes habituales”, asevera la jueza.
Además, según la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona, las expresiones utilizadas tampoco guardan relación ya sea con la información, o con las ideas u opiniones, expuestas en los artículos examinados. Por el contrario, estos trataban cuestiones tales como las consecuencias jurídicas, políticas y sociales que la actuación de los títeres podía conllevar. De hecho, en su momento ambos fueron investigados por delitos tanto de enaltecimiento del terrorismo como de odio y, posteriormente, fueron exonerados en ambos procesos, tanto por parte de la Audiencia Nacional, como de un juzgado de Madrid.
Por tanto, titulares como “Así defiende la izquierda mediática a los titiriteros etarras”, “La concejala de los titirietarras fundó una marca blanca de Batasuna”, o “Uno de los titirietarras de Carmena milita en un grupo anarquista que visita a presos etarras”, cuyo objetivo parecía ser vincular falsamente a los actores con la banda terrorista ETA “como medio de ataque a los dirigentes del Ayuntamiento que habían propiciado su contratación, así como a diferentes personajes públicos que posteriormente se posicionaron en relación con la detención de los mismos”, según los demandantes, se habrían redactado a propósito “con temerario desprecio a la verdad” y “sin que dicha vinculación fuera neutral y basada en hechos”.
En la demanda interpuesta inicialmente, los dos artistas solicitaban ser indemnizados con 120.000 euros cada uno. En su respuesta a la misma, Alfonso Rojo y el medio de comunicación que dirige, Periodista Digital, intentaron negar la existencia de algunos de los artículos inicialmente, ya que han sido borrados de la página web del medio. Cuando un informe pericial, aportado por los abogados de la acusación, demostró que habían sido publicados, Alfonso Rojo y Periodista Digital admitieron los hechos. No obstante, reiteraron que el contenido actual de esas publicaciones ya no contiene tales expresiones y que, por tanto, el “supuesto daño” es “enormemente inferior al pretendido”.
La actuación de 2016
En el año 2016, los dos actores pasaron cinco días en prisión provisional tras representar una obra en la que uno de los personajes ficticios llevaba una pancarta con el lema “Gora Alka-ETA”. Ambos fueron detenidos antes de que la función terminara.
Su obra, una crítica satírica dirigida a un público adulto, había sido contratada por el Ayuntamiento de Madrid, en la época en que Manuela Carmena era alcaldesa de la capital. Pero, por error, había sido publicitada dentro de la programación infantil.
La secuencia en que un títere-policía colocaba un cartel que rezaba “GORA ALKA-ETA” sobre la protagonista, que en ese momento se hallaba inconsciente, con la intención de hacerle una fotografía para que fuese injustamente procesada por un delito de terrorismo, provocó que los actores fueran denunciados, detenidos e investigados por un delito de enaltecimiento del terrorismo ante la Audiencia Nacional.
Sin embargo, el tribunal especial archivó la causa en junio de ese mismo año y la derivó a un juzgado de Madrid para que analizara si se había cometido un delito de odio. Por su parte, el Juzgado de Instrucción número 46 de la ciudad archivó esa causa en enero de 2017.