Condenan a Cristina Seguí a 15 meses de cárcel por difusión de vídeo de menores víctimas de violación
Cristina Seguí, cofundadora de Vox, ha sido sentenciada a 15 meses de prisión por un tribunal penal de Valencia. La condena se basa en dos delitos: un año y tres meses por atentar contra la integridad moral y una multa por revelación de secretos con agravante de género. Además, se le ha ordenado pagar una indemnización de 12.000 euros a una de las menores afectadas.
El caso comenzó cuando Seguí compartió en su cuenta de Twitter un vídeo de Instagram en el que aparecían dos niñas de 12 y 13 años, víctimas de una violación grupal en Burjassot. El vídeo fue grabado por el entorno de los agresores y difundido con comentarios despectivos hacia las menores. En ese momento, Seguí tenía 200.000 seguidores en su cuenta y acompañó el vídeo con un texto que insinuaba que las niñas eran mayores y que el sexo había sido consentido. La información resultó ser completamente falsa y fue desechada por el proceso judicial, que condenó a cuatro de los cinco agresores involucrados.
El impacto psicológico en las víctimas
Durante el juicio, la madre de una de las víctimas relató el profundo impacto psicológico que la difusión del vídeo tuvo en su hija. La menor, que había intentado suicidarse, tuvo que cambiar de instituto y de localidad varias veces debido al acoso y las amenazas que recibió tras la divulgación del material. Actualmente, recibe tratamiento psicológico intensivo y presenta síntomas de un trastorno límite de personalidad, según los especialistas que la tratan.
La fiscal del caso subrayó la especial protección que deben tener los menores y la gravedad de la revelación de sus identidades en un contexto tan delicado. La defensa de Seguí argumentó que las niñas del vídeo no eran las mismas que las víctimas de la violación, una afirmación que fue desestimada por el tribunal. La jueza calificó la conducta de Seguí como un intento deliberado de menospreciar y denigrar públicamente a las menores.
¿Cristina Seguí fuera de Twitter?
El fallo judicial también incluye la eliminación del vídeo de todas las plataformas donde fue publicado, siguiendo una orden de la Agencia Estatal de Protección de Datos. Seguí apareció en el programa de Javier Negre, «Estado de Alarma», donde el vídeo fue comentado bajo el título «Desmontando la falsa manada de Burjassot». La difusión del vídeo en este programa contribuyó a su viralización y al consiguiente daño a las menores.
El abogado de la acusación particular, Juan Carlos Navarro, resaltó que la difusión del vídeo no solo violó la privacidad de las menores, sino que también tuvo un impacto devastador en sus vidas, exacerbando el trauma de la violación.
Además, las acusaciones exigen la expulsión de Cristina Seguí de Twitter durante cinco años, pidiendo el borrado de su cuenta y que no pueda crearse otra. Además, la Fiscalía pide una orden de alejamiento de 500 metros y que no pueda comunicarse con las víctimas durante el mismo período.
Las tácticas de la defensa
La condena de 15 meses de prisión impuesta a Cristina Seguí no solo se limita al ámbito penal, sino que también acarrea consecuencias adicionales en términos de multas y compensaciones. Seguí deberá pagar una multa diaria de diez euros durante tres meses por el delito de revelación de secretos con agravante de género, además de la indemnización de12.000 euros por el daño moral causado. La sentencia también incluye el pago de las costas procesales, que abarcan tanto los costes del proceso judicial como los honorarios del abogado de la acusación particular, Juan Carlos Navarro.
La defensa de Cristina Seguí ha planteado varias estrategias en un intento por reducir las consecuencias jurídicas de la condena. Durante el juicio, su abogado argumentó que las menores mostradas en el vídeo no eran las mismas que las víctimas de la violación, aunque esta afirmación fue desestimada por la jueza debido a la clara identificación de las menores en el vídeo y en la sentencia previa que condenaba a los violadores. Además, la defensa sostuvo que Seguí no tenía la intención de causar daño, sino de informar al público sobre un asunto de interés general, justificando así su acción como un ejercicio de libertad de expresión.
Otra línea de defensa fue cuestionar la edad de las menores, basándose en la opinión de una supuesta experta en delitos tecnológicos que afirmó que las niñas parecían mayores de lo que eran. Esta argumentación fue utilizada para defender la difusión del vídeo y los comentarios que cuestionaban la veracidad de las acusaciones de violación. Sin embargo, la jueza rechazó este argumento, subrayando que la edad de las menores había sido confirmada oficialmente y que, independientemente de la percepción subjetiva, la difusión del vídeo seguía siendo un acto ilegal y dañino.
El abogado de Cristina Seguí también solicitó que se considerara una reducción de la pena de prisión a cambio de trabajos comunitarios o de una pena menos severa, argumentando que su clienta no tenía antecedentes penales y que la prisión sería una medida desproporcionada. Esta solicitud está pendiente de revisión y será evaluada en función de las pruebas y testimonios presentados durante el juicio.
A pesar de la condena, la defensa tiene la posibilidad de apelar la sentencia ante una instancia judicial superior. Este recurso permitirá a Seguí intentar revertir la decisión del tribunal de primera instancia o, al menos, reducir la severidad de las penas impuestas Su defensa ha indicado que explorarán todas las vías legales disponibles para revertir la decisión. De hecho, así lo ha anunciado Seguí a través de su cuenta en Twitter, reafirmándose en su defensa.
Director de Al Descubierto. Estudiante de Ciencias Políticas y máster en Política Mediática. Apasionado del estudio y análisis del hecho político, con especial interés en el fenómeno de la extrema derecha, sobre la que llevo formándome desde 2012. Firme defensor de que en política no todo es opinable y los datos, fuentes y teorías de la ciencia social y política deben acompañar cualquier análisis.